Usuario Financiero

Fomento Financiero, S.A. Casa de Bolsa (FOFISA) reconoce la importancia de establecer un marco de referencia para la relación entre el usuario financiero, los funcionarios y empleados de la Casa de Bolsa, promoviendo la transparencia de la información suministrada sobre los productos y servicios que brinda, estableciendo estándares de buenas prácticas en operaciones bursátiles y de inversión.

Para FOFISA constituye un compromiso institucional en procura de la protección del usuario financiero, la promoción y el mantenimiento de un ambiente de servicio, protección y respeto para con estos, por ello, ha desarrollado los mecanismos que le permitan identificar, controlar y monitorear todos aquellos hechos o situaciones que puedan incidir en el fortalecimiento de ese ambiente.

En cumplimiento al marco legal y a la normativa vigente relacionados con la Transparencia, la Cultura Financiera y Atención al Usuario Financiero en las Instituciones Supervisadas, ponemos a su disposición y conocimiento la siguiente información:

Documentos

  • Documentación para Transmisión Ordenes Compra - Venta Mercados Valores Extranjeros

  • Manual de Conducta de Mercado

  • Decálogo Obligaciones y Compromisos de la Institución Supervisada

  • Decálogo Derechos y Deberes de los Usuarios Financieros

  • Hoja de Reclamación (Atención al Usuario Financiero)

  • Tarifario de la Casa de Bolsa

  • Documentación para Realizar Inversiones Persona Jurídica

  • Formularios Persona Jurídica

  • Documentación para Realizar Inversiones Persona Natural

  • Formularios Persona Natural

  • Este es el documento oficial mediante el cual el cliente inversionista puede expresar sus reclamos, con la seguridad de que estas serán atendidas por la Casa de Bolsa, como por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS). La Hoja de Reclamación está conformada por un (1) original y dos (2) copias en las cuales se documentarán y evidenciarán los reclamos que los usuarios financieros interpongan. Estas hojas de reclamación las puede encontrar en nuestra oficina en Tegucigalpa, Edificio Palic No. 804, Colonia Palmira, Tercer piso.
    • Proporcionar la Hoja de Reclamación (la cual consta de un original y dos copias) para que el usuario financiero la complete. FOFISA se quedará con el original para realizar el análisis interno pertinente y llevar control de los plazos y expedientes y entregará al usuario financiero las dos copias de acuse de recibo para los efectos correspondientes.

    • En los casos en que los usuarios financieros presenten alguna incapacidad física y/o no puedan escribir, y si así lo requieren, FOFISA llenará la Hoja de Reclamación en su presencia y validará la misma con la huella digital del reclamante.

    • El Oficial de Atención al Usuario Financiero verificará que la Hoja de Reclamación sea correctamente llenada por el usuario financiero, específicamente no deberá permitir campos o ítems en blanco, en especial aquellos relacionados con información referente a números de teléfono fijo, celular y correo electrónico.

    • Solicitar al reclamante copia de su tarjeta de identidad.

    • Requerir al reclamante que entregue los documentos que soporten su reclamo, mismos que servirán para el análisis.

    • Analizar y resolver los reclamos dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de la recepción del reclamo, debiendo comunicar la respuesta por escrito al usuario financiero, dentro de dicho plazo. Este plazo podrá ser ampliado hasta diez (10) días hábiles, debiendo informar por escrito al reclamante las razones de la extensión del plazo. En caso de aquellos reclamos relacionados con productos ofrecidos de acuerdo a licencias internacionales o cuando se trate de reclamos cuya solución o análisis dependan de instituciones del extranjero, el plazo máximo para resolverlo será de treinta (30) días hábiles.

    • El usuario financiero recibirá comunicación por escrito del resultando a su reclamo, el cual será entregado en la oficina donde realizó la queja o reclamo.

    • En caso de que la presente respuesta no le sea satisfactoria, usted puede acudir a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para interponer su reclamo ante este órgano supervisor, sin perjuicio de otras acciones a que usted tiene derecho.
    • CNBS: Comisión Nacional de Bancos y Seguros.

    • Días hábiles: Días calendario que excluyen los días del fin de semana, festivos e inhábiles.

    • Días calendario: Días corridos que incluyen los días del fin de semana, festivos e inhábiles.

    • Hoja de Reclamación: Formulario donde el usuario financiero describe y presenta su reclamo ante la institución supervisada o bien ante la Comisión.

    • Usuario Financiero: Persona natural o jurídica que adquiere o utiliza un servicio o producto provisto por una Institución Supervisada.

    • Instituciones Supervisadas: Instituciones del Sistema Financiero, Oficinas de Representación, Organizaciones Privadas de Desarrollo Financiero, Sociedades Emisoras de Tarjetas de Crédito, Instituciones Aseguradoras, Régimen de Aportaciones Privadas (RAP), Instituto de Previsión, Fondos de Pensiones Públicas y Privadas, Administradoras Privadas de Pensiones, Sociedades Remesadoras de Dinero, Buros de Crédito, Casas de Cambio y Casas de Bolsa.

    • Libro de Quejas: Instrumento por medio del cual la Casa de Bolsa documentará las insatisfacciones de los usuarios financieros y del público en general, con relación a la calidad de los servicios y/o productos adquiridos, el cual deberá ser puesto a la disposición de los usuarios y del público en general, en un lugar visible en cada una de sus oficinas sucursales o agencias. La disponibilidad de este Libro es obligatoria e independiente a los elementos que componen el Sistema de Atención al Usuario Financiero establecido en las “Normas para el Fortalecimiento de la Transparencia, la Cultura Financiera y Atención al Usuario Financiero en las Instituciones Supervisadas”

    • Reclamo: Sin que tenga carácter limitativo, se considera susceptible de reclamo cualquier hecho en que un usuario financiero se ve afectado, ya sea por incumplimiento de los términos del contrato suscrito con una institución supervisada, por cobros en exceso de lo pactado o por servicios no pactados o aceptados; o, cuando han sido vulnerados sus derechos

    • Servicio o producto financiero: Operación activa, pasiva o de servicio que es contratado por un Usuario Financiero con una Institución Supervisada.